En base a la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal
I. Establecer las políticas y
programas generales en materia de desarrollo, promoción y fomento
económico, así como formular, conducir, coordinar y evaluar
los programas sectoriales y delegacionales correspondientes;
II. Formular y ejecutar los programas
específicos en materia agropecuaria, industrial, de comercio
exterior e interior, abasto, servicios, desregulación económica
y desarrollo tecnológico;
III. Fomentar la creación de empleos,
promoviendo la adopción de medidas de simplificación,
fomento e incentivos de la actividad productiva, incluyendo el establecimiento
de parques y zonas industriales, comerciales y de servicios;
IV. Proponer al Jefe de Gobierno los mecanismos
de coordinación interinstitucional, que permitan incentivar el
desarrollo y la inversión productiva;
V. Promover y coordinar los programas de promoción del
comercio exterior y la inversión extranjera en los distintos
sectores de la economía de la Ciudad de México;
VI. Promover, orientar y estimular
el desarrollo y modernización del sector empresarial de la Ciudad
de México y coordinar las acciones de otras dependencias en esta
materia;
VII. Prestar a las delegaciones la asesoría
y apoyo técnico necesario para la ejecución de las acciones
del Programa de Fomento y Desarrollo Económico en su jurisdicción,
así como la coordinación de las acciones que de manera
particular desarrollen las áreas de fomento económico
de las delegaciones;
VIII. Organizar, promover y coordinar
la instalación y seguimiento de consejos de fomento a las empresas,
en materia de inversión y desarrollo económico para incentivar
las actividades productivas;
IX. Establecer, conducir y coordinar los
mecanismos de apoyo al sector empresarial, incluyendo el respaldo financiero,
asesorías, asistencia técnica, entre otros, a través
de diversos instrumentos para apoyar la actividad productiva;
X. Actuar como órgano coordinador
y enlace con las cámaras, asociaciones y representaciones del
sector empresarial, con la banca de desarrollo, cooperativas, sector
social y otras instancias que coadyuven al desarrollo económico
de la Ciudad;
XI. Presidir los comités técnicos,
comisiones y órganos de fomento establecidos para el desarrollo
económico de la Ciudad;
XII. Proponer y establecer en coordinación
con la Oficialía Mayor el marco de actuación y normatividad
de las ventanillas de atención al sector productivo;
XIII. Instrumentar la normatividad que
regule, coordine y dé seguimiento a los subcomités de
promoción y fomento económico delegacional;
XIV. Mantener la consulta permanente con
los organismos y asociaciones representativos del sector productivo
sobre aspectos relevantes, que tengan impacto y permitan incentivar
la actividad económica, con el fin de captar propuestas y sugerencias
de adecuación a la política y programas de fomento;
XV. Proponer acciones con base en estudios
y programas especiales, sobre la simplificación y desregulación
administrativa de la actividad económica;
XVI. Atender, en coordinación con
la Oficialía Mayor, las ventanillas y centros de gestión
y fomento económico, establecidos en las distintas Cámaras,
Asociaciones, Colegios y Banca de Desarrollo;
XVII. Formular y proponer, en el marco
de los programas de desrregulación y simplificación administrativa,
las acciones que incentiven la creación de empresas, la inversión
y el desarrollo tecnológico, fortaleciendo el mercado interno
y la promoción de las exportaciones;
XVIII. Establecer y coordinar los programas
de abasto y comercialización de productos básicos, promoviendo
la modernización y optimización en la materia;
XIX. Promover la realización de
ferias, exposiciones y congresos, de carácter local, nacional
e internacional, vinculadas a la promoción de actividades industriales,
comerciales y económicas en general, y
XX. Las demás que le atribuyan
expresamente las leyes y reglamentos.